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Publicada la resolución de 10 de octubre de 2016 de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, por la que se desarrollan los sistemas de solicitud de reconocimiento como examinador de personal ferroviario para la obtención de licencias y certificados de conducción, así como la concesión, vigencia, registro, modificación, renovación y revocación de las credenciales como examinador

Lunes, 7 Noviembre, 2016

La normativa comunitaria en materia de personal ferroviario dispone que los examinadores de maquinistas deben estar debidamente cualificados y demostrar su competencia y experiencia en las materias objeto de examen, debiendo comprometerse a actuar de manera imparcial y no discriminatoria.

En su desarrollo, el artículo 52 bis de la “Orden FOM/2872/2010, de 5 de noviembre, por la que se determinan las condiciones para la obtención de los títulos habilitantes que permiten el ejercicio de las funciones del personal ferroviario relacionadas con la seguridad en la circulación, así como el régimen de los centros homologados de formación y de los de reconocimiento médico de dicho personal”, establece el régimen general del reconocimiento de los examinadores para la obtención tanto de las licencias como de los certificados de conducción regulados en la citada orden. El apartado 11 de dicho artículo determina que mediante Resolución de la autoridad responsable de la seguridad ferroviaria publicada en el «Boletín Oficial del Estado», se desarrollarán los sistemas de solicitud de reconocimiento como examinador, concesión, vigencia, modificación, renovación y revocación de las credenciales de examinador y registro de las mismas.

La resolución que hoy se publica viene a dar cumplimiento a dicho precepto legal.