AESF:AGENCIA ESTATAL DE SEGURIDAD FERROVIARIA

Gobierno de España. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
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Centros médicos de personal ferroviario

Los centros homologados de reconocimiento médico, regulados en la Orden FOM/2872/2010, de 9 de noviembre, son organizaciones encargadas de certificar la aptitud psicofísica exigible para la obtención y mantenimiento de la licencia de conducción de vehículos ferroviarios y, en su caso, de las habilitaciones y certificados de personal ferroviario en los términos que establece la misma.

Las pruebas para la valoración de la capacidad psicofísica tienen por objeto verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la emisión del correspondiente certificado de aptitud.

Para el ejercicio de estas funciones todo centro médico tendrá que estar homologado por la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.

La homologación se concederá por un periodo de tres años y las renovaciones sucesivas por períodos de cinco años.

Título X de la norma (Orden FOM/2872/2010)